En
España, cuando un Índice cita a un autor “en primera clase”, o con el término opera omnia, no supone que los censores
conocen todas las obras del mismo sino que, por el solo hecho de ser
protestante, se le aplica una prohibición preventiva con el fin de que su obra
sea examinada por el Santo Oficio. Era una especie de ¡por si acaso! Sin
embargo, cuando los censores acceden a unas obras concretas de un autor
prohibido, si no versan sobre asuntos religiosos, generalmente son autorizadas,
con algunas expurgaciones en su caso, y advirtiendo al lector en una nota, que
el autor está condenado. De esta manera, en el Índice de 1612 podemos leer que
“en la primera clase no se ponen tanto los libros cuanto los escritores y autores
que fueron herejes, o sospechosos de herejía, para que se entiendan que están
prohibidas todas sus obras, no sólo las que hasta ahora han escrito y divulgado
más también las que adelante escribieren y publicaren: salvo aquellos que en la
primera Clase se declara ser permitidas, sin expurgación o con ella”.
El
mayor número de libros científicos censurados en los años de la Inquisición
española está escrito en latín, lengua en la que se escribe una gran parte de
la literatura científica. Esos textos están hechos por intelectuales que
desarrollan su actividad entre la primera mitad del siglo XVI y el primer
tercio de la centuria siguiente, época fundamental en lo que representó la
Revolución Científica. Sin embargo, la censura inquisitorial no afectó a importantes
autores como Tycho Brahe (1546-1601) y Johannes Kepler (1571-1630), cuyas obras
fueron sometidas a pequeños expurgos. Aunque hay que valorar negativamente la
actividad censora, hay que confirmar las palabras del historiador Henry Kamen a
este respecto: “El Índice de libros prohibidos tuvo escasa repercusión en la
literatura y aún menos en la ciencia”. Y José Pardo Tomás, que ha estudiado con
gran detalle la censura inquisitorial en los libros científicos, ha escrito lo
siguiente: “A través del estudio de los índices, hemos podido ver que la
incidencia de la censura sobre la literatura científica impresa debe
contemplarse en toda su complejidad. Las prohibiciones directas de obras
científicas fueron, en realidad, una parte menor dentro del conjunto de esa
incidencia.”
Más
de la mitad de los autores científicos censurados de primera clase son
alemanes; también hay suizos, ingleses y daneses. De segunda clase, esto es,
los autores —no heresiarcas— de obras que se censuraban total o parcialmente,
más de los dos tercios de los científicos expurgados son italianos, franceses y
españoles. No obstante, hubo científicos católicos en la primera clase y
protestantes en la segunda. Por último, he de decir que la mayor parte de las
obras que figuran en los Índices son permitidas con nota o expurgadas.
En
las introducciones de todos los catálogos de libros prohibidos se podían leer
unas reglas generales que permitían que el censor utilizara un criterio
demasiado subjetivo. De esta manera los tribunales inquisitoriales llegaron a
recoger obras que no figuraban en el Índice. Y es que en España se ha llevado
siempre lo de ser más papista que el papa y cuando a un “experto” se le da
poder demuestra hasta dónde puede llegar. Por ejemplo, el Libro de la Oración (1554) de fray Luis de Granada fue incluido en
el Índice de 1559, el primer Índice de
libros prohibidos para todos el mundo cristiano, pero poco después… ¡fue
aprobado por el Concilio de Trento y por el Papa!, algo que no le fue
suficiente a los inquisidores ya que obligaron al autor a realizar una serie de
correcciones en el texto para permitir su libre circulación. ¡Sostenella y no
enmendalla!
En
el terreno científico, si nos fijamos en las obras que se hallaban recogidas en
los diferentes Tribunales de la Inquisición en 1634, podemos comprobar cómo de
las 59 obras recogidas por el de Murcia, ¡no figuraban en el Índice 31! y de
las 91 del Tribunal de Zaragoza, ¡no estaban prohibidas 48! Por ejemplo, el
alquimista italiano Leonardo Fioravanti (ca.1518-1588),
que figuraba en la segunda clase, sólo tenía en el Índice una obra, pero el
Tribunal murciano le recogió dos obras científicas de difícil expurgo: Della Fisica divisa libri quatro y Specchio di Scientia Universale. Quizá,
por si acaso, estaban recogidas en el Tribunal de Barcelona, entre otras, una
obra tan poco sospechosa como las Institutiones
aritmeticae del matemático valenciano Jerónimo Muñoz (ca.1520-ca.1591) y un
libro de veterinaria que tuvo numerosas ediciones durante el siglo XVI, el Libro de albeytería de Manuel Díez
(s.XV). Parece difícil comprender que fuera recogido en el Tribunal de Murcia
el Libro del regimiento de la salud del
que fuera médico de Carlos I, Luis Lobera de Ávila (s.XVI). Ni incluso una
Orden religiosa con tanta influencia como la Compañía de Jesús se libró de la
estupidez censora: es realmente increíble que la Historia natural y moral de las Indias del jesuita José de Acosta (ca.1540-1600) fuera retirada por el
tribunal de Barcelona. Es evidente, en consecuencia, que la Inquisición censuró
más de lo que figuraba en los Índices.
No hay comentarios:
Publicar un comentario